Vías o procedimientos para reclamar una indemnización por negligencia médica
Si ha sido víctima de una negligencia médica, las vías para la reclamación de indemnizaciones por este concepto dependerán de si su caso se ha dado en hospitales públicos o con médicos privados.
Vías para reclamación de errores médicos en la sanidad pública
Entendiendo por sanidad pública como la prestación de asistencia médico sanitario en hospitales públicos, centros de salud y ambulatorios; así como centros sanitarios concertados cuya figura jurídica esté vinculada al sistema sanitario autonómico que corresponda.
En este sentido, el procedimiento de reclamación es por la vía Contencioso-administrativa, en la que se solicita una reclamación patrimonial contra la Administración por los daños que la actuación médica ha producido.
Vías para la reclamación de negligencias médicas en la sanidad privada
Entendiendo como sanidad privada como la asistencia sanitaria proporcionada por empresas con ánimo de lucro en la que los ciudadanos acceden por ejemplo mediante la suscripción a un seguro de salud. Hospitales y centros médicos privados, médicos privados, odontólogos, centro de cirugía estética y cirujanos plásticos, son centros de salud de esta naturaleza.
El procedimiento de reclamación de indemnización es por la vía Civil y se realiza a través de una demanda por responsabilidad civil contra los causantes ante los Tribunales Civiles de su jurisdicción.
Este procedimiento se lleva a cabo contra la persona jurídica responsable de la prestación de los servicios médicos (puede ser una Mutua, una sociedad mercantil, una aseguradora de asistencia sanitaria, etc.) y también o únicamente contra la compañía de seguros que cubra la responsabilidad civil de esa persona jurídica. Cuando se demanda a la aseguradora es en virtud de la denominada acción directa del perjudicado.
El plazo de prescripción para reclamar por una negligencia médica ante la sanidad privada es de cinco años (tras la reforma en 2015 del art. 1964 del Código Civil) a contar desde el momento en que el perjudicado tiene un conocimiento completo del daño que se le ha causado, sin embargo, si quiere hacerse uso de la acción directa el plazo es mucho más breve, de un año, y también a contar desde que se tiene un conocimiento total del daño.
Plazos de prescripción para reclamación de negligencias médicas
Procedimientos Contenciosos-administrativos: El plazo de prescripción en estos casos es de un año a contar desde que se conoce cuál es el alcance de los daños causados.
Procedimientos Civiles: Para el ejercicio de la acción directa contra la aseguradora el plazo es de un año a contar desde que se conoce cuál es el alcance de los daños causados. El plazo de prescripción para reclamar por una negligencia médica ante la sanidad privada es de cinco años (tras la reforma en 2015 del Art. 1964 del Código Civil) a contar desde el momento en que el perjudicado tiene un conocimiento completo del daño que se le ha causado, sin embargo, si quiere hacerse uso de la acción directa el plazo es mucho más breve, de un año, y también a contar desde que se tiene un conocimiento total del daño.
Procedimientos Penales: El plazo de prescripción dependerá del concreto delito que se impute al médico. Así, por ejemplo, en caso de tratarse de un fallecimiento debido a una imprudencia grave el plazo sería de cinco años.
Contamos con la colaboración de prestigiosos peritos médicos especializados, asesoría indispensable para dar robustez a la argumentación jurídica de su caso, fundamental para la reclamación de las indemnizaciones a las que tiene derecho por daños y perjuicios sufridos.
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1VISITA GRATUITARecepción de la documentación y exposición del caso.
2VIABILIDAD Y PRESUPUESTOAnálisis de su caso y emisión de presupuesto.
3PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIALSolicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.
4PROCEDIMIENTO JUDICIALInterposición de demanda y seguimiento del proceso.
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Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente.
La negligencia médica parte de la responsabilidad médica.
Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen.
Estos elementos se enumeran a continuación:
El actor: personal médico debidamente formado.
El acto:la acción del médico sobre el paciente y su salud.
El elemento objetivo:es el daño o perjuicio ocasionado a la salud del paciente.
El elemento subjetivo: es la culpa por impericia, imprudencia, inobservancia, negligencia.
La relación de causalidad:es la relación entre el acto médico y el daño ocasionado, que debe ser directa.
Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño.
Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito.
En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica.
En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica.
Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son:
La impericia médica: es la falta total o parcial de los conocimientos para ejercer la profesión. Dentro de este concepto podemos incluir la falta de conocimientos suficientes, tener conocimientos técnicos pero poca o nula experiencia o el olvido de los conocimientos para ejercer la profesión.
La imprudencia médica: referida a la actitud del personal médico y sanitario en la que no se ponderan de manera exigida los riegos de tomar una decisión médica, faltando al deber médico de beneficencia.
La negligencia médica: es la acción u omisión del médico o sanitario realiza incumpliendo los principios básicos de la profesión.
También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario).
La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis.
La lex artis ad hoces un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida.
Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por:
Principios científicos, en las que se incluye todo el conocimiento disponible de la ciencia médica.
Principios éticos, en las que encontramos los códigos deontológicos que rigen la profesión médica.
La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente.
En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica.
La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma.
Olvido de material quirúrgico en el cuerpo del paciente.
Error en el diagnóstico de una enfermedad.
Daños o lesiones producidas por demoras en tratamiento por listas de espera.
Daños o lesiones producidas en una operación de cirugía estética.
Infección por bacterias en entorno quirúrgico.
No informar al paciente de las consecuencias de una intervención quirúrgica.
No aplicar la dosis correcta de medicación a un paciente.
Irregularidades en el traslado de un paciente a un centro de salud.
Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario.
El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario.
El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada.
Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas.
Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica.
Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes:
Vía Penal: cuando la negligencia médica tiene carácter delictivo, independientemente del ámbito al que pertenezca el personal médico o el centro de salud, las reclamaciones serán a través de los Tribunales Penales.
Vía Civil:es la vía habitual por la que se reclaman indemnizaciones por negligencias médicas, sea el ámbito público o privado.
Vía Contencioso Administrativo: dentro del ámbito público, cuando se reclama una Responsabilidad Patrimonial de la Administración.
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ExcelenteToro Pujol Abogados4.6★★★★☆ Basado en 819 reseñas deVer todos los comentarios danos tu opinión enDamajito (Damaje) ★★★★★ Me asistieron con la denuncia a la empresa en la que trabajaba, ya que sufrí un accidente siendo falso autónomo y me "dieron la patada". Graciano se encargó del proceso y, al final, logramos una conciliación con el empresario.Judit García ★★★★★ La mutua no me daba asistencia en una segunda operación por un accidente y me están ayudando con la reclamación de la incapacidad permanenteJose Domenech ★★★★★ Destacamos el trato profesional de Alba en nuestra reclamación al seguro por un accidente de tráficoJuan Pablo Campos ★★★★★ El apoyo de Toro Abogados ha sido fundamental en mi despido. Después de 20 años, la empresa me despidió de forma disciplinaria casi obligandome a firmar la baja voluntaria, después de un accidente de tráfico muy grave que tuve. Gracias a ellos conté con el asesoramiento adecuado para que no me tomaran el pelo.s SHC ★★★★★ Acudí a Abogados Toro después de sufrir un accidente de tráfico y puedo decir que fue una decisión acertada. Me guiaron en cada paso del proceso, no dudaría en recomendar este despacho a cualquiera que necesite asesoría legal en este ámbito.Response from the ownerEncantados de trabajar contigo. Muchas gracias por valorar, saludos. eherranzr ★★★★★ Después de un accidente de tráfico, no sabía a quién acudir, pero gracias a la recomendación de un amigo, contacté a despacho toro Pujol. Logramos una gran indemnización.Response from the ownerNuestra satisfacción es que quedes contento. Estaremos para cualquier otra cosa, muchas gracias. Miguel Angel Gonzalez ★★★★★ Sufrí un accidente conduciendo la moto en el trabajo y ellos me asesoraron con mi reclamación.Response from the ownerEs un placer ayudarte Miguel, seguimos a tu disposición. Jose Manuel Martin Pinto ★★★★★ Izaskun me ha ayudado con reclamación de la incapacidad a la seguridad social por accidente laboral. Fue en una planta de reciclado, me pusieron problemas pero gracias a la abogada lo conseguimos, graciasResponse from the ownerLe damos traslado a Izaskun tus comentarios, es un placer poder ayudarte. Joel Mascarell ★★★★★ Marc agilizó el proceso de mi accidente. El otro iba sin seguro y superando la tasa de alcohol.Response from the ownerUn placer darte apoyo y ayudarte, le trasladamos a Marc tu agradecimiento. Maneli Gonzalez ★★★★★ Me han ayudado a reclamar porque la mutua no me daba asistencia en una segunda operación por un accidente laboral.Response from the ownerQuedamos a tus disposición para lo que necesites, gracias. Alex Zamorano ★★★★★ Tuve un accidente y me encontraba completamente perdido, ya que nunca antes había necesitado asesoramiento legal. Decidí acudir al despacho de abogados Toro, y desde el primer momento me sentí acompañado y muy bien asesorado. Su equipo estuvo pendiente de cada detalle, brindándome la tranquilidad y confianza que necesitaba durante todo el proceso. Al final, logré obtener una indemnización justa y adecuada a mis lesiones. Definitivamente, recomiendo este despacho para cualquier asunto legal. Excelente servicio.Response from the ownerMuchas gracias, Alex, por tu extensa valoración y por tu reseña. Quedamos a tu disposición para cuanto precises. Nacho Gallego ★★★★★ María José me ha conseguido la indemnización por accidente de trabajo. Es una gran profesional.Response from the ownerLe trasladamos a M. José tus palabras. Te agradecemos sinceramente la reseña, y quedamos a tu disposición. Sergi Castellar Piqueras ★★★★★ Me ayudaron con una reclamación al seguro por accidente de tráfico.Response from the ownerEstamos encantados de trabajar contigo, Sergi. A tus disposición para lo que necesites. M. Esplá ★★★★★ Gracias a Carmen por todo el apoyo en mi accidente laboralResponse from the ownerMuchas gracias por su valoración, es importante para nosotros. Seguimos a su disposición, un saludo. José María Sancho Jáimez ★★★★★ Tuve un accidente en el trabajo: llamé y pudo atenderme online, graciasResponse from the ownerJosé María, nos alegra mucho que hayamos podido atenderte rápidamente y de manera online tras tu accidente en el trabajo. Estamos aquí para ayudarte en lo que necesites. ¡Gracias por confiar en nosotros! angela sole ★★★★★ Muy contenta con la experiencia. Pidieron la incapacidad de mi padre y le dieron la incapacidad total en unos meses por un accidente en su trabajo. Gracias de verdadResponse from the ownerNos complace enormemente recibir su reseña elogiosa. Su satisfacción es nuestra mayor recompensa y nos impulsa a seguir mejorando. Pilou ★★★★★ Resolvieron mi caso de incapacidad laboral, un asunto complejo ya que provenía de un accidente laboral en una fábrica. 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