No podemos mirar hacia otro lado, y es que la violencia doméstica es un problema real. Año a año, las estadísticas de violencia de género se repiten como una oscura lacra. Si te encuentras en una situación así, un abogado de violencia de género podrá ayudarte y acompañarte durante todo el procedimiento: desde el asesoramiento previo y la denuncia, hasta el juicio y ejecutoria posterior.
En ocasiones, las crisis conyugales desembocan en una serie de conductas que, por su gravedad, son merecedoras de reproche desde el Derecho Penal.
A grandes rasgos, podemos identificar estas situaciones cuando la víctima del delito de lesiones, maltrato habitual, coacciones o amenazas sea o haya sido cónyuge del autor del delito o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia. En este sentido, nuestro Código Penal comprende una serie de delitos y faltas que pueden ser cometidos en el seno de la familia y que se dirigen a castigar estos comportamientos poniendo especial énfasis, como no podía ser de otro modo, en la protección de la familia.
El volumen de este tipo de delitos es tan considerable, que en España ya hace años que existen juzgados dedicados exclusivamente a estos asuntos y sus derivados: los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. En ellos, se resuelve tanto la orden de protección previa, con posible orden de alejamiento y medidas civiles, como el hipotético divorcio derivado de la situación, y para el cual se mantendrían las medidas adoptadas en la orden de protección.
Cuando nos enfrentamos a estas delicadas situaciones, resulta vital actuar con rapidez y agotar todos los mecanismos de protección que nos ofrece la legislación, siendo exponente la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Como referíamos, iniciar un procedimiento penal es compatible con la adopción de todas aquellas medidas cautelares civiles que pudieran resultar necesarias tales como la asignación del uso del domicilio, una pensión en concepto de alimentos al cónyuge, pensión de alimentos para menores, etc.
Por otro lado, existen otra serie de tipos delictivos que recoge nuestro Código Penal como lo son el impago de la pensión alimenticia, desatención a menores de edad, quebrantamiento de custodia, sustracción de menores y abandono de familia.
Si estás en esta situación, en Toro Pujol Abogados podemos ayudarte, la primera consulta es gratuita y estamos a tu servicio.
Inicialmente, si es factible, siempre es preferible intentar el mutuo acuerdo. Se ahorran costes, tiempo, y trámites. Si no, hay que ir a juicio, y defender en los tribunales nuestra posición, con testigos, peritos, documentos, y toda la prueba que sea necesaria. Dependerá de cada asunto. Serán las circunstancias de los progenitores las que conducirán a una guardia y custodia compartida, o individual. Si bien hace años era más difícil encontrar casos de compartida, actualmente los juzgados son cada vez más proclives a concederla, si es posible. El procedimiento es similar al de un procedimiento de familia, por ejemplo un divorcio o una guardia y custodia. Se presenta una demanda judicial, y hay que acreditar el cambio que dé lugar a la modificación: cambio de trabajo de un progenitor, modificación del horario laboral, reducción de los ingresos, mudanza a otra ciudad, etc. Serán los familiares del presunto incapaz los que están legitimados para promover el expediente, si bien, con la última modificación de la ley, el interesado pasa a tener una participación más activa e incluso puede promover él mismo el expediente. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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