El delito de alcoholemia por conducción bajo los efectos del alcohol es el delito contra la seguridad vial que más volumen de procedimientos penales genera. Es usual que, normalmente los fines de semana, los Juzgados de Guardia cuenten con numerosos juicios rápidos por conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.
En Toro Abogados contamos con abogados especializados en delitos contra la seguridad vial y alcoholemia. Contacta con nosotros para una primera visita gratuita y cuenta con la ayuda de nuestros abogados especialistas en alcoholemia para resolver tu caso.
Para que sea considerado un delito penal, es necesario que se supere una tasa de 0,60 miligramos por litro de aire espirado o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro en la prueba de alcoholemia. Esto equivale a las siguientes cantidades:
Las penas por el delito de alcoholemia son las mismas que las previstas en el primer apartado del artículo, para la conducción con exceso de velocidad: se impone la prisión de 3 a 6 meses, o la multa de 6 a 12 meses, o bien la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Así, la pena por delito de alcoholemia, puede castigarse con prisión, o multa, o trabajos comunitarios, y además de eso, en todo caso, privación del carné de conducir de 1 a 4 años.
En la práctica, si se trata de la primera vez que se realiza el delito, lo frecuente es no imponer la pena de prisión. En el caso de acusados reincidentes, sí se suele imponer la pena de cárcel. Y siempre, la retirada del carné de conducir.
Asimismo, la negativa a realizar la prueba del etilómetro, constituye por sí mismo un delito.
Consiste en negarse a someterse a las pruebas para comprobar las tasas de alcohol, tras haber sido requerido para ello por la autoridad. Lógicamente, este precepto no solo contempla las pruebas de alcoholemia, sino también aquellas para encontrar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
La negativa a realizar estas pruebas se castiga con la pena de prisión de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 4 años.
Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas es uno de los delitos que más se enjuician por la vía del juicio rápido. Aquí te vamos a contar cómo librarte de la condena que se pida.
En primer lugar, el aparato etilómetro debe pasar unas revisiones periódicas. Si no se han pasado las revisiones, se podrá tumbar la acusación. No obstante, es poco frecuente que los etilómetros estén desfasados, de modo que hay que buscar otras vías para evitar la condena.
Cuando se rebasa el límite por poco margen, es uno de los recovecos por los que se puede realizar la defensa. Para ello, hay que ver los autos y comprobar las circunstancias del caso concreto. Si tienes un juicio rápido por alcoholemia, contacta con un abogado especialista en alcoholemias.
Si usted se encuentra a la espera de un juicio por conducir bajo los efectos del alcohol, lo mejor es contactar con un abogado experto en alcoholemia para que pueda aconsejarle de la mejor manera posible.
En Toro Abogados somos abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial y la primera consulta es gratuita. Contacte con nuestro abogado experto en alcoholemia y resuelva todas sus dudas con solo una llamada.
En función de la condena: si supera los 12 meses, prescribirá a los 6; si supera el año, pero es inferior a 3, los antecedentes prescribirán cuando hayan transcurrido tres años. En el caso de que la pena sea de entre tres y cuatro años, el plazo alcanza entonces los cinco años. Depende del juzgado, pero en función del volumen y la carga de trabajo, debería ser entre un par de días, o un par de semanas como máximo. Pierdes la posibilidad de defenderte, también de alcanzar un acuerdo de conformidad, y lo más probable, es que salgas condenado. Por ello, contar con un abogado especializado en delitos por alcoholemia es el mejor apoyo con el que se puede contar para reducir la pena. Cuando das más de 0,60 en una prueba de alcoholemia, pasa de ser falta administrativa a constituir un delito penal. En tal caso, hay que preparar la defensa atendiendo a las circunstancias del hecho: no es lo mismo alguien que paran en plena carretera, que alguien que por indicios creen que ha conducido porque está bebido en su coche, pero el vehículo se encuentra apagado. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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