Como abogados laboralistas expertos en despidos, sabemos que este es el tipo de despido más común y depende del comportamiento del trabajador. En este artículo intentaremos explicar de una manera más detallada las causas del despido disciplinario. El Estatuto de los Trabajadores define los diferentes tipos de despido entre ellos, el despido disciplinario. 

¿Qué es el despido?

El despido es una situación en la cual el empresario decide, de manera unilateral, extinguir la relación laboral con el trabajador.

Dado el carácter unilateral, el trabajador puede impugnar ante los Juzgados de lo Social esta decisión, y el Juez podrá considerarlos, despido nulo, despido improcedente o despido procedente.

¿Qué se entiende por despido disciplinario?

El despido disciplinario está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 54, y se define como la decisión del empresario de extinguir el contrato de trabajo en base a incumplimientos graves del trabajador de la relación laboral.

Además, no obliga al empresario al pago de la indemnización por despido correspondiente ni le permite al trabajador acceder al pago de la prestación por desempleo.

Esta decisión del empresario está sujeta a unas condiciones o requisitos para que sea calificado como un despido procedente.

¿Cuáles son las causas del despido disciplinario previstas en la Ley?

El Estatuto de los Trabajadores enumera y reconoce las siguientes causas de despido disciplinario; a saber:

Faltas injustificadas de asistencia o puntualidad

Esta causa de despido disciplinario se considera como un incumplimiento del contrato laboral, ya que no atiende a una de las condiciones de trabajo básicas de la relación laboral.

A pesar que hoy en día las empresas dan a sus trabajadores las ventajas de un horario flexible de entrada al lugar de trabajo o, recientemente con la introducción de la figura del teletrabajo, el no cumplir de manera repetida e injustificada con esta condición será considerada una causa de despido disciplinario.

Lo mismo podemos decir en los casos de faltas de asistencia que no se justifican debidamente de manera total, es decir, directamente no presentarse al lugar de trabajo sin aportar ninguna justificación.

¿Establece la ley una cantidad de estas faltas para considerarla una causa de despido disciplinario?

Si bien el Estatuto de los Trabajadores no establece una cantidad específica de este tipo de faltas, a través de los Convenios Colectivos si se pueden establecer.

En general, a nivel judicial se considera que tres ausencias no justificadas pueden ser suficientes para considerar un despido disciplinario. Es más difícil establecer una medida para las situaciones de faltas de puntualidad porque se consideran faltas menos graves que las ausencias.

Aun así, cada caso es diferente y ante un despido disciplinario, el trabajador siempre podrá impugnar ante un Juez de lo Social.

Indisciplina o situaciones de desobediencia en el trabajo

Como abogados laboralistas entendemos por indisciplina en el trabajo la conducta de rebeldía del trabajador, incluso de una manera enfrentada contra las órdenes dictadas por el empresario.

Nos referimos a indisciplina en el ámbito laboral el incumplimiento de las normas estipuladas en el contrato de trabajo, siendo esta actitud consciente y voluntaria.

Como en el caso anterior, estos comportamientos del trabajador deberán ser considerados como graves y deben ser constantes en un tiempo determinado.

Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros de trabajo o familiares que convivan con ellos

Este tipo de situaciones también pueden ser constitutivas de despido disciplinario. Se considera ofensas verbales cuando una persona profiere a otra tanto a viva voz como por escrito, de expresiones que suponen una ofensa en su honor o en contra de su dignidad humana, siendo en definitiva una ofensa moral.

Cuando nos referimos a las ofensas de carácter físico nos referimos al ataque físico o agresión que puede generar en la víctima lesiones en su integridad física.

Obviamente, en el caso que estas ofensas sean de una gravedad significativa, no sólo será motivo de despido disciplinario, además puede constituir un delito y podría implicar para el trabajador una denuncia por un delito de agresiones, amenazas, entre otros.

Transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza

Un trabajador transgrede la buena fe contractual cuando con su comportamiento y actitud de manera consciente y voluntariamente van en contra de los intereses de la empresa, y del que obtiene un beneficio.

Dicho de otra manera, el trabajador incumple el deber de fidelidad que tiene con su empleador.

Disminución continuada y voluntaria del rendimiento

Es cuando un trabajador hace una transgresión del trabajo normal o pactado en el contrato de trabajo o lo contemplado de forma consciente y voluntaria.

Como hemos mencionado anteriormente, estas causas deben ser consideradas graves y continuadas en el tiempo.

En este caso en particular, demostrar la reducción del rendimiento por parte del trabajador, se tiene que acreditar perfectamente, mediante

Adicciones relacionadas con bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas

Cuando un trabajador sufre de este tipo de adicciones pueden afectar negativamente su rendimiento y comportamiento en el trabajo.

En los casos en los que un trabajador de manera habitual acude en estado de embriaguez en el trabajo o que, además, esta condición pueda suponer un peligro potencial o real para él mismo o sus compañeros de trabajo, puede suponer una causa de despido disciplinario.

Si hablamos de adicción a las drogas u otras sustancias psicotrópicas, tanto el consumo como la tenencia de drogas en el trabajo puede suponer el despido.

En estos casos, no es necesario que el empresario haga avisos previos.

Acoso por razones de raza, religión, discapacidad, edad u orientación sexual, así como situaciones de acoso sexual o por razón de sexo

Claramente estas acciones representan no solo una causa de despido disciplinario al trabajador, sino que además, representan acciones de carácter delictivo del empleado tanto al empleador como a sus compañeros de trabajo.

Es necesario que se puedan probar estas situaciones de acoso con las pruebas pertinentes, con los testimonios que prueben estos hechos, porque en caso de hacerlo, el empleado puede que impugne el despido.

¿Cuáles son los requisitos para que se considere causa de despido disciplinario estos supuestos?

Como hemos visto en este artículo, las características básicas para que estos comportamientos sean considerados causas para un despido disciplinario es que cumplan estos requisitos:

  1. Que sean graves y evidentes.
  2. La voluntariedad del trabajador.
  3. Que se den com una frecuencia significativa
  4. La presencia de un elemento de comparación

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