El despido disciplinario y su preaviso, a diferencia de otro tipo de despidos, no está obligado a darse por parte del empresario.

Como abogados laboralistas expertos en despidos, sabemos que el despido disciplinario es una decisión empresarial ocasionado por conductas o actitudes del trabajador que implican una falta grave al cumplimiento del contrato de trabajo, tal y como establece el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

En este artículo explicaremos el preaviso en el caso del despido objetivo y las razones por las cuales el empresario no está obligado a darlo.

¿Por qué el empresario no está obligado a dar el período de preaviso al trabajador por despido disciplinario?

Como hemos tratado en otro artículo, las causas de despido disciplinario están detalladas en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores, que a su vez puede ser pactada en los convenios colectivos.

Estas causas de despido disciplinario establecidas por el ET son:

Enumerando las causas del despido disciplinario, nos hacemos una idea de la gravedad de las conductas o actitudes del trabajador, que no solo afectan su rendimiento laboral, si no que puede afectar de igual manera el ambiente en el centro de trabajo, y en ocasiones, la seguridad personal del empresario y del resto de trabajadores de la empresa.

La fecha de preaviso en el despido disciplinario

Es por ello, que el empresario en el momento de comunicar al trabajador por medio de la carta de despido disciplinario, tanto el despido como los hechos detallados que lo han motivado, pero también la fecha en la que ese despido tiene efectos.

Respecto a esta fecha de efectos de la carta de despido disciplinario, es importante destacar que si bien el empresario puede establecer como fecha el mismo día en que entrega la comunicación de despido al trabajador, nunca puede hacerla con fecha anterior al momento de la entrega de esa comunicación.

De alguna manera, es potestad del empresario dar el período de preaviso normalmente establecido de 15 días de antelación a la fecha de efectos, pero dada la gravedad de las infracciones, el empresario puede perfectamente no concederlo, y hacer efectivo el despido en el momento de entregar la comunicación.

Diferencia entre el preaviso en despido objetivo y el disciplinario

En el caso del despido objetivo, el empresario en el momento de entregar al trabajador la carta de despido por razones objetivas y la indemnización correspondiente en el mismo acto, también tiene la obligación de conceder al trabajador un período de preaviso.

La razón se basa en que el despido del trabajador en este tipo de despidos es imputable a la empresa y legalmente es uno de los requisitos formales del despido objetivo.

¿Qué sucede con el preaviso si el trabajador impugna el despido?

Si el trabajador considera que los hechos descritos en la carta de despido disciplinario no son veraces o el empresario ha incumplido los requisitos formales de la comunicación de despido disciplinario, tiene 20 días hábiles para presentar una demanda judicial contra el despido.

Este despido puede ser calificado por la autoridad judicial como:

¿Cómo puede ser calificado el despido disciplinario?

Tanto si el despido es calificado como nulo o improcedente, el derecho al pago del preaviso no está contemplado.

Si el trabajador es readmitido en su puesto de trabajo, solo tendrá derecho a los salarios de tramitación que van desde la fecha de efectos del despido hasta la fecha de reincorporación a la empresa.

En el caso que se decidiera la no reincorporación a la empresa, el trabajador tendrá derecho al cobro de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

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