El trastorno obsesivo-compulsivo (TOC) es un trastorno psíquico que puede afectar enormemente a las capacidades de quien lo sufre, tanto en su ámbito laboral como personal y familiar.

Si la afectación es a nivel laboral, de modo que el paciente está impedido para el desempeño de una actividad laboral, puede solicitar una pensión por incapacidad permanente y, además, si hay una merma de capacidades, se le podrá reconocer un grado de discapacidad por tener TOC.

¿Qué es el TOC y ejemplos?

El trastorno obsesivo-compulsivo es un trastorno mental caracterizado por la presencia de obsesiones y compulsiones. Las obsesiones son pensamientos, imágenes o impulsos no deseados y persistentes que generan gran ansiedad. Las compulsiones son conductas repetitivas en respuesta a las obsesiones, para aliviar la ansiedad o prevenir un evento negativo.

¿Qué grado de discapacidad es el TOC?

En nuestro marco normativo, la regulación de los grados de discapacidad por tener TOC u otras enfermedades, la encontramos en el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre y, concretamente las enfermedades mentales, se regulan en su Capítulo 16, que marca las pautas para el reconocimiento.

La disminución de la capacidad del individuo para llevar a cabo una vida autónoma

Valorándose en concreto la relación con el entorno (relaciones sociales, aspecto físico, actividades de ocio, etc.) y las actividades de cuidado personal (desplazamiento, alimentación, etc.). Cuanto menor sea la autonomía del individuo, mayor será el porcentaje o grado de discapacidad por tener TOC.

La disminución de la capacidad laboral del individuo

Vendrá marcada por dos aspectos:

  1. El déficit, si lo hubiera, en el mantenimiento de la concentración, continuidad y ritmo en la ejecución de las tareas.
  2. Las dificultades para adaptarse a circunstancias estresantes, para tomar decisiones, planificar, interrelacionarse, etc.

El ajuste a la sintomatología psicopatológica universalmente aceptada

Es decir, a los sistemas de clasificación utilizados genéricamente, con el objetivo de dilucidar si el paciente, a pesar de sufrir un trastorno mental, puede llevar a cabo una vida dentro de la normalidad o no y para ello se tendrá que valorar la gravedad del mismo, su perspectiva evolutiva, etc.

Una sintomatología muy intensa dará lugar a un porcentaje o grado de discapacidad por tener TOC más alto.

¿Cuándo es incapacitante el TOC?

En el caso de los trastornos de ansiedad, tipo al que pertenece el TOC, hay cinco clases con una horquilla de porcentaje o grado de discapacidad por tener TOC, la gravedad y el impacto que tenga en la vida de la persona.

Clase I:

Presenta sintomatología asilada que no implica disminución de la capacidad funcional del individuo. Corresponde un grado de discapacidad por tener TOC del 0%.

Clase II:

Presenta una discapacidad leve. Mantiene la capacidad para llevar a cabo una vida autónoma o está levemente disminuida, excepto en periodos de crisis.

Puede mantener una actividad laboral normalizada excepto en periodos de crisis en los que precisará baja laboral e intervención terapéutica. Le corresponde un grado de discapacidad por tener TOC entre el 1 y el 24%.

Clase III:

Presenta una discapacidad moderada y existe una de las siguientes características: crisis que requieren ingreso hospitalario o grave alteración de la capacidad de relación y comunicación.

Fuera de los periodos de crisis o descompensaciones:

Clase IV:

Presenta una discapacidad grave y está presente alguna de las siguientes características:

Tiene restricciones graves en sus actividades cotidianas y en el ámbito laboral. Le corresponde un grado de discapacidad por tener TOC entre el 60 y el 74%.

Clase V:

Presenta una discapacidad muy grave. Hay una repercusión extrema de la enfermedad sobre quien lo sufre, quien está incapacitado para realizar los actos más básicos de su vida diaria. Necesita ayuda de una tercera persona. No tiene posibilidad alguna de realizar actividad laboral. Le corresponde un grado de discapacidad por tener TOC del 75%.

¿Cómo pedir discapacidad por TOC?

Lo más importante es tener informes de especialistas que acrediten la realidad de la enfermedad, así como sus síntomas y limitaciones. Esta documentación médica es importante ya que es lo que el Tribunal Médico va a tener en cuenta para reconocer o no la incapacidad por TOC.

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