Las cifras de las lesiones por accidente de tráfico en España
Conocer las lesiones en accidentes de tráfico siendo abogados de accidentes de tráfico, es importante, tanto las más frecuentes como las consecuencias legales de sus secuelas en la vida de las personas que los sufre. Según los últimos datos publicados por la Dirección General de Tráfico, relativos al año 2017, durante ese año se produjeron en España, declarados, 102.233 accidentes con víctimas, de los cuales fallecieron 1.830 personas en el momento del accidente o en los 30 días posteriores; además, 9.546 personas fueron ingresadas directamente tras el accidente en un centro hospitalario y 129.616 resultaron heridas con necesidad de asistencia médica pero sin hospitalización, según fuentes policiales.
Sin embargo, en los casos de accidentes con heridos hospitalizados en vías interurbanas, los resultados de la Dirección General de Tráfico en los últimos 10 años (hasta 2017, último año con datos computados), van, lógicamente, por otros lares, siendo que la causa más común, con notable diferencia, es la salida de la vía, seguida a bastante distancia por la colisión lateral y frontolateral.
Actualmente nos encontramos en el 7º puesto en cuanto a fallecimientos en accidentes de tráfico en la Unión Europea, reduciendo progresivamente el número de fallecidos desde el año 1989, máximo histórico, hasta el año 2013, mínimo histórico. Desde entonces hasta 2017, la tendencia es al alza, siendo la cifra de fallecidos en ese año, como hemos anticipado, de 1.830 personas.
Lesionados por accidente de tráfico en España
En cuanto a los heridos hospitalizados, que son aquellos que serán objeto de la presente entrada, podemos comprobar que las cifras son elevadas y que se deben a distintas mecánicas de accidente, con un abanico lesional enorme.
Tenemos que distinguir, por supuesto, si el accidente se ha producido en una vía urbana o una vía interurbana, pues la mecánica accidental es distinta, y las lesiones que se deriven de los referidos siniestros, como es lógico, también lo serán.
Por tanto, si analizamos los datos de la Dirección General de Tráfico para los accidentes con heridos hospitalizados en los últimos 10 años (hasta 2017, último año con datos computados) en vías urbanas, podemos comprobar que las colisiones laterales, traseras y los atropellos son los más frecuentes:
Así las cosas, en 2017, en España tuvimos a 9.546 personas que fueron víctimas por lesiones en accidentes de tráfico y que tuvieron que ser hospitalizadas. Cada una de esas víctimas sufrió lesiones de entidad, siendo el objeto de este escrito el análisis de las lesiones más comunes en un accidente de tráfico:
Lesiones Medulares por accidente de tráfico
Empezaremos por las lesiones medulares, por ser los accidentes de tráfico la primera causa de ingreso en los centros especializados, y suelen ser los casos más graves de lesionados por accidentes de tráfico.
Eso es debido a que la médula espinal es un conducto nervioso que, envuelto por la columna cervical, se extiende desde la propia base de nuestro cerebro hasta la región sacra, siendo la vía por la que el cerebro recibe toda la información del organismo y transmite sus órdenes.
Una lesión medular supone interrumpir ese cordón que transmite información, pudiendo provocar una variedad de consecuencias de una gravedad extrema, dependiendo de:
- a qué altura se produzca esa desconexión y
- qué alcance tenga esa interrupción.
Cuanto más cerca del cerebro se produzca la lesión, más cantidad de información dejaremos de poder transmitir a nuestro cuerpo y, por tanto, más graves serán las consecuencias. Del mismo modo, si perdemos una sección completa de la médula espinal, supondrá la pérdida total de la funcionalidad desde esa vértebra hacia abajo, pero si lo que sufrimos es una pérdida parcial o bien una contusión, pueden derivarse en diversos grados de parálisis.
Principalmente, existen tres tipos de lesiones medulares:
- la tetraplejia,
- la paraplejia y
- la hemiplejia.
La tetraplejia por accidente de tráfico
En primer lugar, trataremos la tetraplejia, la más grave de las lesiones medulares. La definimos como la parálisis parcial o completa del uso de las cuatro extremidades o del torso. Dicha lesión se produce cuando la médula espinal se ve afectada en el tramo cervical, es decir, el más cercano al cerebro, por ser el inicio de ese cordón de información.
Si sufrimos una afectación completa en la vértebra cervical más alta (C1) probablemente perdamos el uso de las 4 extremidades y dependamos de un respirador, pero esa afectación completa es a la altura de la vértebra más baja de las cervicales (C7), probablemente podamos mantener el uso de los brazos y gran parte de las manos, así como respirar por nuestra cuenta.
Del mismo modo, existen afectaciones parciales, que suponen unas consecuencias menos agravadas, o incluso la posibilidad de que sea una lesión medular reversible, siguiendo tratamiento rehabilitador. Del mismo modo, hemos de tener en cuenta que la tetraplejia no sólo supone la pérdida de la funcionalidad de las extremidades (o su debilitamiento), sino que existe una pérdida funcional del control orgánico: intestinos, vejiga, aparato sexual; que, unido a la incapacidad de emitir órdenes a las zonas musculares, supone problemas de respiración, de digestión y cualquier otro proceso vital que tenga su actividad en la zona del abdomen.
A nivel de números, casi de 60% de las tetraplejias se producen en personas que han sufrido un accidente de tráfico, seguidos de las caídas en el caso de ancianos.
La paraplejia por accidente de tráfico
La paraplejia es la afectación medular en los tramos torácicos y lumbares de la columna cervical, actuando del mismo modo que la tetraplejia, pero en un punto más bajo del conducto medular.
Por ello, las consecuencias serán sensiblemente menos agresivas, pero tendrán consecuencias notables, como la afección de las vías motoras, sensitivas, episodios de incontinencia, infertilidad y, en el caso de hombres, disfunción sexual.
La hemiplegia por lesión en accidente de tráfico
Por último, la hemiplejia es la afección de los conductos nerviosos del encéfalo o de la médula espinal, generado por un bloqueo arterial que interrumpe el riego sanguíneo al cerebro, y dependiendo de la zona de afectación del cerebro, supondrá la anulación del movimiento y la sensibilidad de parte del rostro, brazo, pierna, o ambos miembros de la mitad del cuerpo.
De forma paralela, quedan afectadas otras funciones, como la visión, la capacidad auditiva, el habla e incluso el raciocinio.
Indemnizaciones por lesiones medulares
La indemnización en las lesiones medulares suele ser una partida elevada por cuanto tiene que compensar muchos aspectos. La lesión en accidente de tráfico de este tipo deberá contener una indemnización conformada por las siguientes variables o partidas del Baremo de Accidentes vigente:
- por las secuelas, que revestirán mucha gravedad,
- por la incapacidad temporal hasta la consolidación de las secuelas, que en estos casos será de largos periodos hospitalarios,
- los daños morales por perjuicio psicofísico, que es una horquilla que el baremo de accidentes otorga a grandes lesionados, y que recoge cuantías muy elevadas,
- la pérdida de calidad de vida, por las limitaciones funcionales para las actividades de autonomía personal y de desarrollo personal, en un grado también muy elevado,
- el perjuicio estético, que se fundamenta en la visibilidad de nuestra lesión, el rechazo que generemos, y las dificultades que nos suponga interrelacionarnos con los demás,
- los gastos de asistencia sanitaria futura, todo aquello que necesite la víctima para rehabilitarse, la silla de ruedas, un vehículo adaptado, reformas para eliminar barreras arquitectónicas en la vivienda, y por último,
- el lucro cesante, que dependerá de si nuestros ingresos, si hemos tenido acceso al mundo laboral, o si somos demasiado jóvenes o nos hemos dedicado parcial o totalmente a las tareas del hogar.
Fracturas óseas por accidente de tráfico
Como todos sabemos, una fractura ósea es una rotura total o parcial de un hueso de la cabeza craneales y faciales, siendo que, en caso de lesionado de tráfico, tienen irremediablemente un origen traumático, es decir, cuando una persona recibe un impacto violento se produce la rotura, siendo que en muchos casos es precisa una intervención quirúrgica para estabilizar la lesión. Pueden ser también politraumatismos fracturas diversas en una misma zona.
Tipos de fracturas
Una fractura puede producirse de diversas formas, dependiendo de la zona de impacto y de la intensidad del mismo.
- Fractura completa cuando el hueso se rompa en dos partes y de fractura de talo verde -normalmente en fracturas infantiles- cuando el hueso se rompe, pero no se separa en dos partes.
- Fractura simple cuando el hueso se rompe únicamente, por una parte, y de fractura conminuta cuando se astilla en varias partes.
- Fractura abierta, cuando el hueso sobresale de la piel, y de
- Fractura cerrada cuando existe una rotura, pero no sobresale de la piel.
Fracturas más frecuentes en accidentes de tráfico
Las fracturas más comunes son la de tibia y peroné, de esternón, de fémur y la de costillas, si somos conductores de automóvil, por impacto contra el habitáculo del vehículo, y en caso de motocicletas y bicicletas, sobresale también la fractura de clavícula.
En los atropellos, el tronco inferior suele ser el más común, por la zona de impacto, y especialmente en personas mayores por la fragilidad ósea y las patologías previas que pudieran tener.
La fractura, como hemos dicho, en muchos casos tiene requieren de intervención quirúrgica, por tanto, cuando sucede el accidente la víctima suele ser trasladada en ambulancia al centro hospitalario de referencia, para decidir sobre la posible intervención quirúrgica o la reducción de la fractura.
Es importante acudir a un centro de confianza por cuanto un error de diagnóstico en la fractura nos puede suponer unas secuelas muy elevadas.
La consolidación de la fractura supondrá un periodo de incapacidad temporal que tendremos que sumar a nuestra indemnización, y una vez se haya formado el callo en el hueso, y se haya cerrado la fractura, tendremos que revisar si padecemos alguna secuela, para calcular también su coste y reclamarla convenientemente, junto con el perjuicio estético de las cicatrices que suframos, ya que es una de las lesiones en accidente de tráfico más comunes que existen.
Traumatismo craneoencefálico por accidente de tráfico
El traumatismo craneoencefálico es una lesión traumática en la zona del encéfalo, siendo la causa más frecuente de daño cerebral. El cerebro, al ser la estructura más compleja del organismo, realiza una infinidad de funciones, y el riesgo de un traumatismo craneoencefálico es la afectación en cualquiera de esos ámbitos.
Cuando conducimos un automóvil, podemos, en caso de colisión, embestirnos contra el salpicadero del vehículo, o bien puede entrar un cuerpo extraño por el cristal y golpearnos en la cabeza, una lesión en accidente de tráfico muy común.
En el caso de conducir una motocicleta, podemos sufrir un impacto tal que no soporte nuestro casco, o como peatón, si del impacto por un atropello, nuestra cabeza embiste al sueño.
Todos esos escenarios -y muchos otros posibles- suponen que nuestro cerebro se vea expuesto a impactos de alta intensidad, y del cual se derivan dos tipos de lesiones, la primaria, llamada contusión, directamente relacionada con el impacto contra el cráneo o con una sacudida muy fuerte, y la segunda, que puede ser de una tipología muy distinta: edema, hemorragia, aumento de presión en el cerebro.
Tipos de traumatismos craneoencefálico
Lesiones primarias
Dentro de las lesiones primarias podemos distinguir entre:
- lesiones abiertas, en las que un cuerpo externo fractura el cráneo, penetra en nuestro cerebro y lo lesiona, y
- las lesiones cerradas, que se producen cuando no hay alteración externa del cerebro, y es por las fuerzas de aceleración y desaceleración, así como un impacto que no llegue a fracturarnos la cabeza
En ambos casos podemos sufrir lesiones en los lóbulos frontales, el lóbulo occipital y en los lóbulos temporales.
Lesiones secundarias
Dentro de las lesiones secundarias encontramos aquellas que pueden suceder segundos, minutos, horas o días después del accidente, y que revisten de una complejidad tal para su diagnóstico, que muchas veces precisan de dejar a la víctima en observación para identificar los síntomas. En este campo destacamos las hemorragias, los edemas cerebrales, las infecciones, hipoxias.
Los traumatismos craneoencefálicos requieren, precisamente, por la dificultad de diagnóstico de las lesiones secundarias, de un tiempo de hospitalización en casi la totalidad de los casos, donde nos distinguirán el grado de gravedad del traumatismo craneoencefálico:
- Leve, conocido también como conmoción cerebral, del cual la mayoría de personas que lo sufren se suelen evolucionar favorablemente con tratamiento en días o semanas, pero una pequeña parte puede desarrollar lo que se conoce como síndrome “post-conmocional”, que deriva en la aparición de síntomas físicos como la fatigabilidad, dolores de cabeza, problemas de conciliación del sueño, sensación de vértigo o mareos, problemas de atención, concentración o memoria, así como ansiedades o cambios de humor, irritabilidad, apatía o modificaciones del comportamiento habitual.
- Moderado, cuando perdemos el conocimiento por más de 30 minutos, pero sin sobrepasar el día. EN estos casos, el periodo de amnesia post-traumática genera problemas para aprender información nueva durante un periodo de hasta una semana.
- Grave, cuando se pierde el conocimiento durante más de un día, o cuando el período de amnesia post-traumática es superior a un día.
Traumatismos por daños cerebrales en accidente de tráfico
Esta lesión de accidente de tráfico, y por el contenido traumático del impacto, como hemos dicho, se puede sufrir un traumatismo craneoencefálico -en sus vertientes de leve, moderado o grave-.
Ese traumatismo craneoencefálico, en sí, es un diagnóstico, pero parejo al mismo se derivan diversas lesiones cerebrales, que pueden deberse a dos mecanismos lesionales, bien por el daño físico del impacto en sí, o bien como consecuencia directa de las lesiones producidas por el impacto, nos explicamos.
El daño producido a nuestro cráneo o cerebro en el momento del inmediato del impacto es conocido como daño primario.
Existen dos tipos, ambos provocados de forma traumática:
- el traumatismo craneal cerrado: es el impacto directo del cerebro contra el cráneo, y el corte de las estructuras neurovasculares por las fuerzas de rotación o rebote. Este tipo de traumatismo craneal provoca un golpe, que tiene reflejo en nuestro cráneo en forma de hematoma, cardenal, contusión, laceración, daño nervioso o fractura ósea de cráneo.
- El traumatismo craneal penetrante: se conceptúa en una penetración de la bóveda del cráneo por un cuerpo extraño, bien un cristal, bien una parte de otro vehículo, y que tiene, como es lógico, un diagnóstico bastante malo.
Lesiones primarias
La lesión primaria se define así por cuanto su aparición es inmediata en el momento del golpe, y sus consecuencias no se esconden o aparecen más tarde, sino que se manifiestan en ese mismo momento.
Lesiones secundarias
Sin embargo, de los Traumatismos Craneoencefálicos se pueden derivar mucho más difíciles de detectar, y que aparecen con posterioridad al impacto, las llamadas lesiones secundarias. Estas lesiones, debido a la dificultad que tienen para ser diagnosticadas, suponen la necesidad de establecer un protocolo de observación posterior al impacto, para revisar todas las manifestaciones corporales y comprobar que no existe ninguna lesión interna.
Lesiones intra y extracraneales
Estas lesiones, causadas por ciertas condiciones intra y extracraneales, actúan de dos formas, o bien disminuyen o bien aumentan el oxígeno que llega al cerebro. En caso de disminuirlo, por causa intracraneal, nos encontraremos causas como un edema cerebral con posibles hematomas, empiema, hidrocefalia y depresión respiratoria de origen central.
Si el origen de la disminución de la oferta de oxígeno al cerebro lo es por causa extracraneal, la causa es una obstrucción de la vía aérea, provocada por un trauma torácico, una contusión pulmonar, una neumonía o neumotórax, hipotensión sistémica o una anemia severa.
Por último, si existe un aumento del consumo de oxígeno, será causado por dolor, fiebres, convulsiones, agitación o esfuerzo ventilatorio. La consecuencia de todos estos escenarios será la muerte neuronal de parte del tejido cerebral, o en última instancia, el fallecimiento.
Consecuencias de los daños medulares
Las consecuencias del daño cerebral se miden mediante siete manifestaciones:
- el nivel de alerta,
- el control motor,
- la recepción de la información,
- la comunicación,
- la cognición,
- las emociones y personalidad, y
- las actividades básicas de la vida diaria.
El nivel de alerta
Por nivel de alerta entenderemos la combinación de la respuesta ocular, verbal y motora, y para ello utilizamos la escala de coma de Glasgow (en inglés Glasgow Coma Scale -GCS-), que se aplica en el campo neurológico, y puntúa:
- Ordenes oculares, en una horquilla de 1 a 4, siendo 1 no responde y 4 respuesta espontánea…
- Ordenes verbales, en una horquilla de 1 a 5, siendo 1 ninguna respuesta y 5 orientado y conversando.
- Ordenes motoras, en una horquilla de 1 a 6, siendo 1 ninguna respuesta y 6 obedece ordenes verbales.
Cuanto más bajas sean las puntuaciones más graves será el estado de la víctima, siendo que lo óptimo es la normalidad (15 puntos) y lo más bajo posible, el coma vigil (3 puntos).
El control motor
Por control motor entendemos el estudio de la afectación de la lesión cerebral en las regiones frontales y parietales de los hemisferios cerebrales, así como las del tronco cerebral, que suelen provocar debilidad en la parte contraria (refleja), como las hemiplejias -parálisis de la mitad del cuerpo-, hemiparesias -pérdida de fuerza en la mitad del cuerpo-, espasticidad -tono muscular muy elevado-, disfagia -imposibilidad para tragar-, el control de esfínteres o la parálisis de miembros inferiores.
Recepción de la información
La afectación a la recepción de información puede afectar a la vista, mediante un trastorno del campo o convergencia visual, con posibilidad de pérdida parcial de vista o vista doble. Puede afectar al olfato, perdiéndolo, dependiendo de la gravedad de la lesión. Por último, puede afectar al tacto, a través de trastornos de la sensibilidad.
La comunicación
La comunicación puede verse comprometida en caso de daños cerebrales cuando el hemisferio dominante sufre un episodio, generando problemas como la afasia, disartria o disfonía, así como otras complicaciones del lenguaje verbal, de la lectura, del habla, de la articulación de fonemas e incluso de nuestra propia voz.
La cognición
La cognición, a través de la afectación a la toma de decisiones, aprender o reflexionar, puede verse comprometida, de forma transitoria o permanente, dependiendo del tipo de lesión que la produzca. En muchos casos, se solapa esta afectación con una total indemnidad de las funciones motoras, sensoriales y de comunicación, desprendiendo una falsa idea de autonomía y salud.
Las emociones y la personalidad
Las emociones y personalidad, no a niveles psicosomáticos básicos, sino a niveles de trastornos radicales, que pueden volvernos desinhibidos a extremos inadecuados, o bien apáticos, limitándonos en nuestra vida diaria de forma muy grave, y generando una frustración que fácilmente puede derivar en agresividad.
Las actividades básicas de la vida
Por último, las actividades básicas de la vida diaria, así como las de desarrollo personal, correspondiendo las primeras a las funciones vitales de nuestra autonomía personal, como lo puede ser el comer, tumbarse, caminar, subir escaleras, levantarnos de la cama, ducharnos… cuanto más suframos limitaciones en estas actividades, más compleja será nuestra situación, y más alta será la indemnización que solicitaremos.
Lo mismo sucede, en menos medida en cuanto a los derechos indemnizatorios que se derivan, tenemos las actividades de desarrollo personal, que catalogamos como aquellas que nos permiten nuestro progreso como personas, y corresponden al ocio y al trabajo, así como la vida en pareja, todas ellas esferas cuyas limitaciones suponen una manifestación de las consecuencias de nuestras lesiones cerebrales.
Indemnizaciones por lesiones cerebrales en accidente de tráfico
A nivel indemnizatorio, las lesiones cerebrales, en sus grados más elevados, suponen los más altos grados de secuela, junto con las lesiones medulares, por cuanto la afectación a la calidad de vida de las víctimas suele ser muy alta, y por tanto, la restitución del estado previo requiere de innumerables ayudas técnicas, humanas y económicas para compensar todas las limitaciones derivadas del siniestro.
Por tanto, es indispensable un asesoramiento legal adecuado para poder sacar la indemnización que nos pertenece por derecho, sin olvidar o rebajar ninguna de las partidas que el baremo de accidentes contempla, y que muy probablemente, acabemos necesitando. Es una de las lesiones en accidentes de tráfico con indemnizaciones más altas .
Amputaciones por accidente de tráfico
Las amputaciones son, como es evidente, lesiones de fácil cuantificación, por cuanto el baremo tiene perfectamente orientado el valor de la cercenación de las extremidades de nuestro cuerpo, y reparte la cuantificación de las lesiones en base a las secuelas que se derivan, el perjuicio estético que nos supone y la pérdida de funcionalidad.
En ese sentido, las secuelas se distribuyen en dos grupos:
- extremidades superiores, y
- extremidades inferiores.
Amputaciones en extremidades superiores
En las primeras se recogen expresamente las amputaciones de brazo, antebrazo, mano, transmetacarpiana con o sin conservación del pulgar, metacarpofalángica, y la amputación de dedos y cada una de sus falanges.
Amputaciones en extremidades inferiores
En cuanto a las extremidades inferiores, se contemplan la amputación a nivel de cadera, a nivel de muslo, a nivel tibio-tarsiano, a nivel de tarso o metatarso, y de todos los dedos y cada una de las falanges.
Indemnizaciones por amputaciones en accidente de tráfico
Esas secuelas varían dependiendo de la intensidad de la amputación, si es unilateral o bilateral, y de la importancia en funcionalidad del miembro, en relación directa, para el cálculo de la indemnización, con la edad de la víctima.
Por tanto, a mayor limitación funcional derivada de la amputación y más juventud, mayor será la indemnización, y a la inversa si la amputación no limita mucho funcionalmente y somos de edad avanzada.
Por ejemplo, la secuela de una amputación de una pierna a nivel de cadera en un chico de 19 años ascendería en fecha 2019 a unos 203.000 euros, mientras que la amputación total del dedo anular de una señora de 82 años ascendería en fecha 2019 a 7500 euros.
El perjuicio estético por amputaciones en accidente de tráfico
En segundo lugar, las amputaciones suponen un perjuicio estético para la Ley 35/2015, y dicho perjuicio estético se basa en cuatro parámetros:
- El grado de visibilidad ordinaria del perjuicio.
- La atracción a la mirada de los demás.
- La reacción emotiva que provoque.
- La alteración interpersonal del perjudicado.
En ese sentido, como es previsible, las amputaciones suponen una afectación evidente en todas las categorías anteriores, y así como otros perjuicios estéticos debemos acreditarlos, los perjuicios estéticos por amputaciones están expresamente recogidos en la Ley.
Por tanto, la amputación de dos extremidades sería considerada perjuicio estético muy importante, la amputación de una extremidad un perjuicio estético importante, la amputación de más de un dedo de las manos o de los pies un perjuicio estético medio y la amputación de un dedo de la mano o del pie sería perjuicio estético moderado. Por este concepto, en conjunción con la edad, volveríamos a sacar una partida indemnizatoria importante.
El perjuicio moral por amputaciones en accidente de tráfico
Otra partida interesante de las amputaciones es el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, que trata de compensar el perjuicio moral que sufre la víctima por la limitación de su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
La ley reconoce como actividades esenciales de la vida ordinaria el comer, beber, asearse, vestirse, sentarse, levantarse y acostarse, desplazarse, realizar tareas domésticas, entre otras. Del mismo modo, se definen como actividades específicas de desarrollo personal el trabajo, el disfrute o placer, la vida de relación, la actividad sexual, el ocio, la práctica de deportes, entre otras.
Como podemos comprobar, es fácil que una amputación no impida, pero limite mucho el desarrollo de varias de las actividades anteriores.
La ley define cuatro grados de perjuicio moral por pérdida de calidad de vida:
- Muy grave, cuando el lesionado pierde su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria.
- Grave, cuando el lesionado pierde su autonomía personal para la realización de algunas de las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. En este apartado se incardina la incapacidad permanente absoluta.
- Moderado, cuando el lesionado pierde la posibilidad de llevar a cabo una parte importante de sus actividades específicas de desarrollo personal. En este apartado se incardina la incapacidad permanente total.
- Leve, requiere una secuela de más de seis puntos, y supone la pérdida, por parte del lesionado, de la posibilidad de llevar a cabo actividades específicas que tengan especial trascendencia en su desarrollo personal. En este apartado se incardina la incapacidad permanente parcial.
La importancia de contar con la asesoría legal en caso de lesiones por accidentes de tráfico
Este despacho profesional tiene un departamento especializado en derecho de la Seguridad Social, y se ocupa, en caso de que la situación del cliente lo permita, de solicitar la correspondiente prestación al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esa coordinación hace que podamos reclamar con mayores garantías la máxima indemnización posible por su accidente de tráfico.
La realidad es que las lesiones en accidente de tráfico son muchas, y en este apartado únicamente hemos enseñado la punta del iceberg, pero cada accidente en sí es un mundo, y hay que tener la serenidad de analizar, caso por caso, la realidad lesional de la víctima, y en base a esa realidad, ofrecerle un estudio que le permita solicitar la indemnización que le corresponde por derecho, poniendo en sus manos todas las herramientas para conseguirla.
Llevamos más de 40 años siendo un despacho referente en la materia, y seguimos creciendo, en tamaño, con el apoyo de una clientela fiel y satisfecha, y en conocimiento, con la formación más avanzada, con la tecnología más actual, pero con la misma filosofía, aquella que pone en el centro de toda nuestra estructura al cliente, lo protege y le da las herramientas para llegar donde por derecho le corresponde.
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