Con la reforma de la Ley de Tráfico, que entrará en vigor en marzo de este 2022, se introducen algunas modificaciones en diversos apartados de la norma. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales cuando adelanten. En relación a esto, revelamos el margen de error que tienen legalmente los radares, y otras cuestiones interesantes sobre delitos de circulación.
¿Cuál es el margen de error de los radares?
Al margen de error, también llamado “umbral de tolerancia”, se le conoce como “la regla del 7” porque esa es la cifra que se permite rebasar, en los radares móviles: 7 km/h cuando el límite para la vía es de 100 km/h o menos; y 7% cuando el límite es mayor. Así, el radar saltaría, teóricamente, a 128,4 km/h en una autopista de 120 km/h. Si el radar es fijo, “la regla del 5”: el margen es de 5 km/h o de 5%.
¿Qué margen de error tienen los radares de tramo?
Los radares de tramo miden el tiempo que tarda un coche en pasar por dos puntos de control: identifican cada vehículo que pasa por un determinado sitio (punto de control 1), controlando la hora exacta a la que pasa por allí, y lo que tarda en pasar por el punto 2. Si es menos de lo que debería, conlleva sanción. El margen de error es de 3 km/h o bien del 3%.
¿Cuál es el margen de error de los velocímetros de los coches?
Los velocímetros no marcan la velocidad real a la que circula el vehículo. Esto es así por seguridad, y lo establece la legislación: aparece regulado en el Reglamento nº 39 de la Comisión Económica para Europa. El margen de error del velocímetro depende de cada coche y cada marca, año de fabricación, anchura de ruedas y otros factores, pero se sitúa entre el 5 y el 10%. Es decir, que si marca 120 km/h, realmente circulamos en un arco que estará entre los 108 y los 114 km/h, aproximadamente.
¿Cuándo es delito un exceso de velocidad?
Conducir a una velocidad excesiva, pasa de ser infracción administrativa a delito, cuando supera en 60 km/h en una vía urbana, o en 80 km/h en una vía interurbana, la permitida reglamentariamente. Es decir, en una carretera comarcal, cuyo límite es de 80 km/h, será delito conducir a 160 km/h.
¿Las multas por exceso de velocidad pueden comportar penas de prisión?
Sí, puesto que el artículo 379 del Código Penal, prevé la pena de prisión de tres a seis meses.
¿Me pueden quitar el carnet de conducir por cometer una infracción por exceso de velocidad?
Sí, el citado precepto, además de las penas previstas de prisión, multa, o trabajos en beneficios de la comunidad, castiga con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
¿Qué debo hacer si tengo un juicio por exceso de velocidad?
Como hemos podido ver, en un procedimiento por exceso de velocidad no está todo perdido. La última palabra la tienen los tribunales, y no son pocas las sentencias que han cambiado las tornas y le han dado la razón al infractor. Es importante ese margen de error del cinemómetro, y también a otros factores como la revisión del artilugio, la visibilidad de la foto o la identificación del vehículo. Por ello, lo mejor es acudir a un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial, y cubrirse las espaldas.
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