Baremo de cálculo indemnización por accidente de tráfico

Baremo de cálculo indemnización por accidente de tráfico

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¿Qué es una indemnización

Indemnizar proviene del latín, y está compuesta del prefijo in-, que significa “negación de una acción”, la palabra damnum, que significa “daño”, y el sufijo -izare, que significa “convertir en”, siendo, por tanto, la anulación del daño causado.

En términos legales, entendemos por indemnización la compensación económica que el causante de un daño se obliga a abonar a un perjudicado, para reparar las consecuencias de ese daño. Cuando hablamos de indemnización para el caso de la producción de un daño, normalmente se corresponde con el contenido de un contrato o bien por una resolución judicial, pero existe la posibilidad de que concurran circunstancias que, a tenor de la normativa legal, automáticamente produzcan una indemnización.

Es el caso de las indemnizaciones laborales, determinadas perfectamente por la ley, y que comprenden una tipología muy variada: despido por ERE, despido procedente, despido improcedente, por extinción de un contrato temporal, por extinción a instancias del trabajador por cambios realizados por el empresario.

Seguro de accidenteAbogados especialistas en baremo de cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico en Barcelona y Madrid

La Ley, en el propio Código Civil, recoge una generalidad de situaciones que deben de ser indemnizadas, cuando se generan daños y perjuicios. Dichos daños y perjuicios comprenden no sólo el valor de la pérdida que se haya sufrido, lo que llamamos daño emergente, sino también el de la ganancia que se haya dejado de obtener, conocido como lucro cesante.

¿Qué es un accidente de tráfico?

Se entiende por accidente de tráfico al siniestro que involucra a uno o más vehículos, causado por una acción u omisión de una persona, producida de forma involuntaria o negligente, que causa un daño a un perjudicado, y le habilita a reclamar al causante la reparación de todo el daño producido.

Quién es el culpable en un accidente de tráfico

La determinación de quien es el culpable en un accidente de tráfico se puede establecer de dos maneras:

  • mediante una declaración amistosa de accidente, cuando tanto causante como perjudicado recogen las circunstancias del accidente en el documento azul y amarillo que todos conocemos,
  • cuando la policía redacta un atestado, investigando las causas del accidente y determinando la responsabilidad del siniestro.

Puede suceder que la policía no pueda determinar quién es el responsable, en ese caso deberemos acceder a pruebas periciales para que nos ayuden a determinar la culpabilidad del accidente.

Quién es el perjudicado en un accidente de tráfico

En cuanto a la condición de perjudicado en un accidente de tráfico, puede tenerla un particular, o dos, o tres, o los que sean, o bien puede tenerla el propio ayuntamiento, si se produce el siniestro contra mobiliario público.

Todo perjudicado en un accidente de tráfico tiene derecho a solicitar una indemnización por los daños personales y materiales que ha sufrido, y esa tarea es la que debe ponerse en manos de un despacho de abogados especializado.

¿Qué es un baremo de indemnización por accidente de tráfico?

Un baremo es una norma que contiene un conjunto de tablas con las bases de cálculo establecidas para evaluar circunstancias concretas.

Su funcionalidad es prevenir que sea el público especial quien deba determinar, en cada caso concreto, sin ningún tipo de soporte, una cuantificación. En el caso que nos ocupa, como son los accidentes de tráfico, se establecen unos principios, acordados por entidades públicas, administración, y asociaciones de particulares, para calcular una indemnización.

El baremo es un instrumento complejo, que consta de más de 500 páginas con tablas de cálculo, que comprenden numerosas partidas indemnizatorias. Es indispensable que cualquier interacción con baremo de accidentes sea supervisada por un profesional legal especializado, por cuanto únicamente mediante un asesoramiento especializado se puede sacar el máximo rendimiento a dicha herramienta legal, pudiendo, en caso contrario, perder dinero en el proceso.

¿Cuál ha sido la evolución del baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico?

PRIMER BAREMO DE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES DE TRÁFICO

El baremo de accidentes tuvo entrada en nuestro sistema normativo mediante la Orden 5 de marzo de 1991, pero no tuvo carácter vinculante hasta la Ley 30/95, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.

Dicha normativa estudiaba el papel de las aseguradoras en España, y regulaba su actividad y las condiciones en las que podían desarrollarla. Sin embargo, contenía un anexo titulado “Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación”.

Ese anexo contenía criterios y límites para el cálculo de la cuantía de la indemnización en accidentes de tráfico, y pasó a denominarse “baremo”, recogiendo:

  • tablas indemnizatorias por fallecimiento (Tablas I y II),
  • lesiones permanentes (Tablas III y IV),
  • incapacidad temporal (Tabla V) y
  • valoración de las secuelas (Tabla VI).

No fue bien acogido por los Tribunales, puesto que anteriormente la fijación de indemnizaciones no era susceptible de recurso, se entendía que el Juez que conocía primero del asunto era autoridad suficiente cuantificar la indemnización.

Con la integración del baremo, se planteaba restringir la libertad de los jueces para fijar indemnizaciones por accidentes de tráfico. Además, se tuvo que revisar el principio constitucional de igualdad, ya que el baremo distinguía las indemnizaciones por edad y se opuso una discriminación negativa que generaba inseguridad jurídica.

El resultado fue, en un principio, la inaplicación del baremo por parte del Tribunal Supremo, recogida en su Sentencia de 26 de marzo de 1997, pero el Tribunal Constitucional, en su Sentencia 181/200, de 29 de junio declaró que el baremo era perfectamente constitucional.

Al final, no sólo se impuso la practicidad del baremo en los Juzgados, sino que incluso se empezó a utilizar en otros ámbitos del derecho que los accidentes de tráfico, como por ejemplo en las negligencias médicas, por ser un compendio lógico de indemnizaciones, que evita que las indemnizaciones se fijen arbitrariamente.

Sin embargo, existían una serie de inconvenientes jurídicos, como la limitación de la indemnización a daños personales, se eximía a los delitos dolosos, limitaba la indemnización y no profundizaba en el lucro cesante y el daño moral.

PRIMERA REFORMA DEL BAREMO DE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES DE TRÁFICO

La primera reforma del baremo fue el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Esta reforma, estuvo precedida por la adopción de la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de automóviles; y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE del Consejo (Cuarta Directiva sobre el seguro de automóviles).

Esto exigió la modificación de una serie de normas legales, entre ellas, nuevamente la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Esta reforma supuso un perfeccionamiento del sistema,

  • mejorando los criterios de valoración,
  • introduciendo criterios médicos mucho más acertados y concretos,
  • optimizando la valoración de la incapacidad permanente por grado de alteración funcional,
  • la repercusión de las secuelas sobre los actos de la vida diaria y autónoma de la persona, clasificándolas en leves, moderadas, graves y muy graves.

En cuanto a las secuelas temporales, establece su cómputo hasta la estabilización lesional, equiparando el concepto de secuela con el de lesión permanente.

El gran problema de este sistema era que los grupos de perjudicados en accidentes con muerte eran excluyentes, creando situaciones contrarias y sin solución, infracompensaba muchas situaciones y sobrecompensaba algunas pocas.

¿CUÁL ES EL BAREMO DE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES DE TRÁFICO QUE ESTÁ VIGENTE?

El baremo de accidentes fue totalmente reformado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, que actualmente está vigente.

Esta reforma tuvo varias causas:

  • El primero de ellos, como no, es el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del sistema (1995), que había sido modificado con anterioridad, pero que mantenía una estructura anticuada.
  • En segundo lugar, de nuevo, reformas en el ámbito comunitario respecto al seguro de automóvil, tendentes a incrementar la protección a las víctimas mediante la garantía de indemnizaciones suficientes y la superación de las diferencias con las indemnizaciones con otros países de la Unión Europea.
  • Por último, el perfeccionamiento de la norma en cuanto a la superación de los errores que se venían arrastrando con la normativa anterior, y que creaban situaciones profundamente injustas.

Los principales cambios se centraron en una mejora de las reglas de aplicación del sistema, procurando vertebrarlo desde unos principios básicos de integridad e integración en la indemnización del daño corporal.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL BAREMO DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES DE TRÁFICO VIGENTE

Con la última reforma del baremo para el cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico se procuró:

  • mejorar la capacidad valorativa de los conceptos indemnizatorios
  • introducir la valoración del lucro cesante,
  • mejorar la deficiente identificación de los perjudicados en caso de fallecimiento,
  • establecer criterios claro para la fijación del baremo aplicable en cada momento,
  • actualizar los importes monetarios,
  • incentivar un modelo de indemnización en forma de renta para los casos necesarios y
  • evitar enriquecimientos injustos con las indemnizaciones que se obtienen a razón de un accidente y tienen una idéntica finalidad compensatoria.

Esta Ley es la evolución de la experiencia acumulada en la aplicación de un baremo de accidentes en España, y añade 112 artículos a la normativa anterior, fundamentándose en dos principios básicos: la reparación íntegra del daño y la reparación vertebrada del mismo.

La reparación íntegra del daño.

En cuanto a la reparación íntegra del daño, expone que la indemnización debe de ser cuantificada teniendo en cuenta valores personales, familiares, sociales y económicos de la víctima, resarciendo tres tipos de daños:

  • el físico,
  • el patrimonial y,
  • como novedad, se incluye también el daño moral, de gran importancia económica en este baremo.

La reparación vertebrada.

Se valora de forma separada el daño patrimonial, compresivo de daño emergente y lucro cesante, con el daño moral, que tiene como objeto compensar con cuantías razonables para la dignidad de las víctimas de acuerdo con la intensidad de dicho daño.

El principio de transparencia.

Sigue también un principio de Transparencia, por cuanto es necesario un informe médico ajustado a las reglas de este sistema para determinar y medir las secuelas y las lesiones temporales, con un claro criterio clínico. Asimismo, será obligatoria la colaboración entre el lesionado y la entidad aseguradora, con un sistema de interrelación entre ellos que incluso viene recogido en un código de buenas prácticas.

Determinación de las circunstancias de la víctima.

Y el momento de determinación de las circunstancias para la valoración del daño es la fecha del accidente. Es ahí cuando se determina la edad de la víctima y de los perjudicados, las circunstancias personales, familiares, laborales y demás elementos relevantes para la aplicación del sistema. Es decir, es el momento del accidente el que marca las reglas de valoración del baremo.

Conceptos en el baremo de cálculo de indemnizaciones por lesiones de accidente  de tráfico

Perjuicio psicofísico

Es decir, las lesiones propiamente dichas. Todas las lesiones posibles están recogidas en el baremo de accidentes, clasificadas y medidas con un porcentaje de puntos que, tras una operación matemática nos arroja una cantidad económica a la que tenemos derecho. El perjuicio psicofísico comprende lesiones físicas y psicológicas.

Perjuicio estético

Comprende cualquier modificación que empeore la imagen de la persona y permanece con posterioridad a nuestra curación. Es el caso de cicatrices, una cojera o la pérdida de una extremidad, por ejemplo. Se calcula del mismo modo que el perjuicio psicofísico, mediante una puntuación y un multiplicador.

Perjuicio personal particular

Se refiere a la pérdida del feto a consecuencia de accidente. Implica la compensación con una cantidad fija, siendo superior si la pérdida tiene lugar una vez transcurridas 12 semanas, y el concepto de perjuicio excepcional. Incrementa las lesiones descritas anteriormente un máximo de 25% si se considera que el perjuicio sufrido es excepcionalmente grave y no viene recogido en la propia normativa.

Si, una sola de nuestras secuelas acumula más de 60 puntos de secuela o dos de ellas, tras la aplicación de los correctores correspondientes, acumulen 80 puntos, nos encontraremos ante una lesión de especial gravedad, merecedora de aplicar otro concepto indemnizatorio, el de daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial, añadiendo a la indemnización una cantidad comprendida dentro de una horquilla económica.

Del mismo modo sucede con los daños morales complementarios por perjuicio estético, cuando por perjuicio estético superemos la franja de 36 puntos del baremo, aplicando una horquilla económica.

Perjuicio por pérdida de calidad de vida

Se divide en cuatro grados; leve, moderado, grave y muy grave, dependiendo de lo impeditivas que sean nuestras secuelas para realizar las actividades esenciales de la vida diaria (comer, andar, tumbarse, asearse) o de desarrollo personal (hacer deporte, bailar, ir en bicicleta). Se aplica una horquilla económica, que varía dependiendo de la intensidad de la limitación y la edad de la víctima.

Gastos de asistencia sanitaria futura

El valor económico de las prestaciones sanitarias que precisará el lesionado de forma vitalicia después de que sus lesiones se estabilicen, como la rehabilitación hospitalaria, domiciliaria o ambulatoria, los estados de coma vigil, vegetativos crónicos, secuelas neurológicas graves. También se incluyen las ayudas para la autonomía personal, como la adecuación de la vivienda o incremento de costes de movilidad, o la necesidad de ayuda de tercera persona.

Lucro cesante

Consiste en la pérdida de capacidad de ganancia por trabajo personal, y en concreto el perjuicio que sufre el lesionado por la pérdida o disminución neta de ingresos provenientes de su trabajo. En este caso puede ser que las lesiones impliquen una incapacidad permanente, que nos haría merecedores de una pensión a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

SU ABOGADO EN BAREMO DE CÁLCULO DE INDEMNIZACIÓN POR LESIONES DE ACCIDENTE DE TRÁFICO EN BARCELONA Y MADRID

Un accidente de tráfico que deja lesiones y, seguramente secuelas, es un evento doloroso y complejo en la vida de cualquier persona. En Toro Pujo Abogados, tenemos más de 40 años de experiencia en la reclamación de indemnizaciones por lesiones de accidentes de tráfico.

Ponemos a su completa disposición nuestro equipo de abogados especialistas en los trámites con las compañías aseguradoras, buscando siempre la mayor indemnización a la que tenga derecho. En momentos en que su prioridad es la recuperación de su familiar, nosotros nos encargamos de los trámites con las aseguradoras y del trato con la misma. Nosotros cobramos cuando Usted cobra.

La primera visita es gratuita. Hacemos análisis de viabilidad jurídica. Puede contactarnos en nuestras oficinas en Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac, y actuamos en todo el territorio nacional.

1 VISITA GRATUITA Recepción de la documentación y exposición del caso.
2 VIABILIDAD Y PRESUPUESTO Análisis de su caso y emisión de presupuesto.
3 PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.
4 PROCEDIMIENTO JUDICIAL Interposición de demanda y seguimiento del proceso.
FAQ's

¿Tiene alguna duda relacionada?

Los daños físicos y psíquicos causados por un accidente de tráfico pueden ser variados tanto en gravedad como en recuperación médica, factores éstos últimos determinantes en la cuantificación de la indemnización a reclamar por el accidente de tráfico sufrido. Por eso existe una tabla, para dotar de objetividad a estos asuntos: se trata del baremo. En él, según el daño corporal, se obtiene una cuantía de indemnización. Se valoran también la muerte, las lesiones temporales y el perjuicio estético. Se usa, asimismo, cuando ha habido un accidente laboral, aunque eso corresponde a otro ámbito.

Cuando una persona sufre un accidente de tráfico precisa en muchas ocasiones de un tiempo de recuperación, motivo por el cual se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de accidente no laboral o accidente de trabajo.

Transcurrido este período de incapacidad temporal y según el alcance de las secuelas, la víctima del accidente de tráfico necesita ser reconocido en situación de incapacidad permanente total, absoluta, gran invalidez o parcial.

La solicitud de las prestaciones o pensiones derivadas de un accidente de tráfico son un trámite que requiere la asesoría de profesionales del derecho que le acompañen en todo el proceso que sigue a una lesión por un siniestro.

Todo ello será debidamente analizado y valorado por nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente, quienes le asesorarán y tramitarán la incapacidad permanente a la que tenga derecho.

Todos en algún momento hemos contratado de manera directa o indirecta, seguros de vida, seguros por incapacidad permanente, seguros de vida hipotecarios, seguros derivados de convenios colectivos; así como hemos tenido asociados a tarjetas de crédito que también contemplan indemnizaciones por accidentes de tráfico.

Por dicho motivo, es imprescindible saber qué seguros de vida y de incapacidad permanente tenemos suscritos, el clausulado de los mismos (condiciones generales y condiciones particulares) para de este modo llevar a cabo la reclamación de dichos seguros.

Una persona que sufre un accidente de tráfico puede ser víctima, bien sea conduciendo un coche, moto, bicicleta o patinete eléctrico; o bien, no estar conduciendo y se víctima de un atropello. Cada circunstancia determinará lesiones, secuelas e indemnizaciones derivadas del accidente de tráfico.

Las consecuencias de un accidente de tráfico pueden llegar a ser importantes y determinar la vida de la víctima que lo sufre. Para ello, las leyes han contemplado una serie de ayudas orientadas a mejorar la calidad de vida tanto de quienes han sufrido un accidente como de los familiares que deben hacerse cargo de sus cuidados.

Nuestro equipo de abogados especializados os orientará legalmente a fin de acceder a estas ayudas.

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Toro Pujol AbogadosExcelenteToro Pujol Abogados4.6 Basado en 819 reseñas deVer todos los comentarios danos tu opinión enDamajito (Damaje)Damajito (Damaje) ★★★★★ Me asistieron con la denuncia a la empresa en la que trabajaba, ya que sufrí un accidente siendo falso autónomo y me "dieron la patada". Graciano se encargó del proceso y, al final, logramos una conciliación con el empresario.Judit GarcíaJudit García ★★★★★ La mutua no me daba asistencia en una segunda operación por un accidente y me están ayudando con la reclamación de la incapacidad permanenteJose DomenechJose Domenech ★★★★★ Destacamos el trato profesional de Alba en nuestra reclamación al seguro por un accidente de tráficoJuan Pablo CamposJuan Pablo Campos ★★★★★ El apoyo de Toro Abogados ha sido fundamental en mi despido. Después de 20 años, la empresa me despidió de forma disciplinaria casi obligandome a firmar la baja voluntaria, después de un accidente de tráfico muy grave que tuve. Gracias a ellos conté con el asesoramiento adecuado para que no me tomaran el pelo.s SHCs SHC ★★★★★ Acudí a Abogados Toro después de sufrir un accidente de tráfico y puedo decir que fue una decisión acertada. Me guiaron en cada paso del proceso, no dudaría en recomendar este despacho a cualquiera que necesite asesoría legal en este ámbito.Response from the ownerEncantados de trabajar contigo. Muchas gracias por valorar, saludos. eherranzreherranzr ★★★★★ Después de un accidente de tráfico, no sabía a quién acudir, pero gracias a la recomendación de un amigo, contacté a despacho toro Pujol. Logramos una gran indemnización.Response from the ownerNuestra satisfacción es que quedes contento. Estaremos para cualquier otra cosa, muchas gracias. Miguel Angel GonzalezMiguel Angel Gonzalez ★★★★★ Sufrí un accidente conduciendo la moto en el trabajo y ellos me asesoraron con mi reclamación.Response from the ownerEs un placer ayudarte Miguel, seguimos a tu disposición. Jose Manuel Martin PintoJose Manuel Martin Pinto ★★★★★ Izaskun me ha ayudado con reclamación de la incapacidad a la seguridad social por accidente laboral. Fue en una planta de reciclado, me pusieron problemas pero gracias a la abogada lo conseguimos, graciasResponse from the ownerLe damos traslado a Izaskun tus comentarios, es un placer poder ayudarte. Joel MascarellJoel Mascarell ★★★★★ Marc agilizó el proceso de mi accidente. El otro iba sin seguro y superando la tasa de alcohol.Response from the ownerUn placer darte apoyo y ayudarte, le trasladamos a Marc tu agradecimiento. Maneli GonzalezManeli Gonzalez ★★★★★ Me han ayudado a reclamar porque la mutua no me daba asistencia en una segunda operación por un accidente laboral.Response from the ownerQuedamos a tus disposición para lo que necesites, gracias. Alex ZamoranoAlex Zamorano ★★★★★ Tuve un accidente y me encontraba completamente perdido, ya que nunca antes había necesitado asesoramiento legal. Decidí acudir al despacho de abogados Toro, y desde el primer momento me sentí acompañado y muy bien asesorado. Su equipo estuvo pendiente de cada detalle, brindándome la tranquilidad y confianza que necesitaba durante todo el proceso. Al final, logré obtener una indemnización justa y adecuada a mis lesiones. Definitivamente, recomiendo este despacho para cualquier asunto legal. Excelente servicio.Response from the ownerMuchas gracias, Alex, por tu extensa valoración y por tu reseña. Quedamos a tu disposición para cuanto precises. Nacho GallegoNacho Gallego ★★★★★ María José me ha conseguido la indemnización por accidente de trabajo. Es una gran profesional.Response from the ownerLe trasladamos a M. José tus palabras. Te agradecemos sinceramente la reseña, y quedamos a tu disposición. Sergi Castellar PiquerasSergi Castellar Piqueras ★★★★★ Me ayudaron con una reclamación al seguro por accidente de tráfico.Response from the ownerEstamos encantados de trabajar contigo, Sergi. A tus disposición para lo que necesites. M. EspláM. Esplá ★★★★★ Gracias a Carmen por todo el apoyo en mi accidente laboralResponse from the ownerMuchas gracias por su valoración, es importante para nosotros. Seguimos a su disposición, un saludo. José María Sancho JáimezJosé María Sancho Jáimez ★★★★★ Tuve un accidente en el trabajo: llamé y pudo atenderme online, graciasResponse from the ownerJosé María, nos alegra mucho que hayamos podido atenderte rápidamente y de manera online tras tu accidente en el trabajo. Estamos aquí para ayudarte en lo que necesites. ¡Gracias por confiar en nosotros! angela soleangela sole ★★★★★ Muy contenta con la experiencia. Pidieron la incapacidad de mi padre y le dieron la incapacidad total en unos meses por un accidente en su trabajo. Gracias de verdadResponse from the ownerNos complace enormemente recibir su reseña elogiosa. Su satisfacción es nuestra mayor recompensa y nos impulsa a seguir mejorando. 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