La incapacidad permanente total es la situación por la cual una persona no puede desarrollar las tareas fundamentales de su profesión habitual, no siendo necesario expresamente que esté incapacitado para todas, sino las fundamentales.
Sin embargo, aun estando inhabilitado para las tareas fundamentales de su propia profesión, si puede realizar otras profesiones.
La incapacidad permanente total puede tener origen por enfermedad común, por enfermedad profesional, por accidente laboral o por accidente no laboral, como sería el caso de los accidentes de tráfico.
Las condiciones generales de acceso a la prestación son tener menos de 65 años, o cumplir los requisitos para acceder a la pensión contributiva, y estar de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta, en las condiciones que desarrolla la propia Ley General de la Seguridad Social, que harán depender la prestación de la edad y años cotizados del trabajador.
Tienen derecho a una prestación por incapacidad permanente total por accidente de tráfico aquellas víctimas que sufran una lesión por accidente de tráfico que les impida realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo.
Si hemos sufrido, por ejemplo, un accidente en el que desarrollamos una cojera, y somos camareros, no podremos seguir desarrollando las tareas fundamentales de nuestra profesión, por cuanto supondrán pasar largos periodos en bipedestación, circunstancia que podría hacernos resentir o empeorar nuestra lesión.
En caso de accidente de tráfico no se requiere de un periodo mínimo de cotización para poder solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente en grado de total para nuestra profesión habitual.
La incapacidad permanente total se solicita frente a los Juzgados de lo Social, por un procedimiento totalmente distinto a la reclamación de daños y perjuicios derivados de accidente de tráfico, incluso se basa en normativa muy distinta, y se realiza contra el Instituto General de la Seguridad Social.
Es por ello que, para su reclamación necesitamos poner el asunto en alguien verdaderamente experto en solicitudes de incapacidad permanente, no en alguien especialista en accidentes de tráfico. Aun cuando la incapacidad permanente en grado de total se haya producido en un siniestro de tráfico, la afectación directa en el desarrollo de nuestra profesión habitual compete a la Seguridad Social.
En Toro Pujol Abogados le aseguramos que todas las partidas indemnizatorias relativas al accidente de tráfico y a las limitaciones que le supone para el desarrollo de sus actividades ordinarias, entre las que se encuentra su profesión, serán reclamadas por la vía civil, y además se estudiará su caso por si en opinión de nuestros abogados fuera merecedor de una incapacidad permanente total.
En caso de serlo, de forma paralela se tramitaría la solicitud de pensión por incapacidad permanente ante la Seguridad Social, guiándole en todo el procedimiento para conseguir además de la mayor indemnización posible, una pensión mensual.
Lo que Toro Pujol les ofrece es una asesoría integral, donde al recibir nuestro caso, puedan ofrecernos todos los puntos de vista legales para asegurarnos un estudio de todas y cada una de las partidas a las que tengo derecho, así como la gestión de las prestaciones o pensiones derivadas de accidentes de tráfico, como abogados especialistas accidente.
El hecho de ser un despacho con sede en Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac, con un gran equipo, formado por personal muy cualificado, permite mostrar todo el músculo que se necesita para dominar no sólo el área de accidentes de tráfico, sino las prestaciones a la seguridad social, o las posibles reclamaciones de indemnización contra seguros con los que tengamos contratados una cobertura que, tras el siniestro, nos sea legítima.
Nosotros le ofrecemos que, en caso de incapacidad permanente total por accidente de tráfico, al igual que en la incapacidad permanente por accidente laboral, sean dos equipos coordinados los que lleven su asunto, en las distintas vías, para asegurarse de que recibe la indemnización y la prestación que merece.
Así que no lo dude, llame y pida cita, sin compromiso. La primera visita es gratuita y saldrá de nuestro despacho con la certeza de que somos el despacho indicado para usted. Y recuerde, nosotros no cobramos si usted no cobra, esa es la confianza que tenemos en la solvencia de nuestro trabajo tras 40 años de experiencia.
Si ha sufrido un accidente y reclama una indemnización, sepa que también podemos tramitar su incapacidad permanente total con nosotros.
Los daños físicos y psíquicos causados por un accidente de tráfico pueden ser variados tanto en gravedad como en recuperación médica, factores éstos últimos determinantes en la cuantificación de la indemnización a reclamar por el accidente de tráfico sufrido. Por eso existe una tabla, para dotar de objetividad a estos asuntos: se trata del baremo. En él, según el daño corporal, se obtiene una cuantía de indemnización. Se valoran también la muerte, las lesiones temporales y el perjuicio estético. Se usa, asimismo, cuando ha habido un accidente laboral, aunque eso corresponde a otro ámbito. Cuando una persona sufre un accidente de tráfico precisa en muchas ocasiones de un tiempo de recuperación, motivo por el cual se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de accidente no laboral o accidente de trabajo. Transcurrido este período de incapacidad temporal y según el alcance de las secuelas, la víctima del accidente de tráfico necesita ser reconocido en situación de incapacidad permanente total, absoluta, gran invalidez o parcial. La solicitud de las prestaciones o pensiones derivadas de un accidente de tráfico son un trámite que requiere la asesoría de profesionales del derecho que le acompañen en todo el proceso que sigue a una lesión por un siniestro. Todo ello será debidamente analizado y valorado por nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente, quienes le asesorarán y tramitarán la incapacidad permanente a la que tenga derecho. Todos en algún momento hemos contratado de manera directa o indirecta, seguros de vida, seguros por incapacidad permanente, seguros de vida hipotecarios, seguros derivados de convenios colectivos; así como hemos tenido asociados a tarjetas de crédito que también contemplan indemnizaciones por accidentes de tráfico. Por dicho motivo, es imprescindible saber qué seguros de vida y de incapacidad permanente tenemos suscritos, el clausulado de los mismos (condiciones generales y condiciones particulares) para de este modo llevar a cabo la reclamación de dichos seguros. Una persona que sufre un accidente de tráfico puede ser víctima, bien sea conduciendo un coche, moto, bicicleta o patinete eléctrico; o bien, no estar conduciendo y se víctima de un atropello. Cada circunstancia determinará lesiones, secuelas e indemnizaciones derivadas del accidente de tráfico. Las consecuencias de un accidente de tráfico pueden llegar a ser importantes y determinar la vida de la víctima que lo sufre. Para ello, las leyes han contemplado una serie de ayudas orientadas a mejorar la calidad de vida tanto de quienes han sufrido un accidente como de los familiares que deben hacerse cargo de sus cuidados. Nuestro equipo de abogados especializados os orientará legalmente a fin de acceder a estas ayudas. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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