La cardiología es una especialidad médica que se ocupa del estudio y tratamiento de las enfermedades del corazón y del sistema circulatorio. Es el cardiólogo el médico responsable del diagnóstico, tratamiento y seguimiento de pacientes que sufren este tipo de enfermedades y dolencias.
Las enfermedades y dolencias más comunes de la cardiología son:
La enfermedades relacionadas con el aparato circulatorio representan la segunda causa de altas por enfermedades en España en 2016, y son la primera causa de muerte en hombres y la tercera en mujeres (Fuente INE).
El diagnóstico y tratamiento de las enfermedades cardiovasculares están protocolizadas de una manera exhaustiva, debido a las consecuencias irreversibles que pueden tener en el paciente.
Así, los servicios de cardiología han de realizar un correcto seguimiento de los pacientes con padecimientos cardíacos, programando las pruebas médicas y las intervenciones quirúrgicas que las circunstancias aconsejen.
La dolencia cardíaca más común es el infarto. La Sociedad Española de Cardiología tiene detallados y probados protocolos de actuación que regulan la actuación de los profesionales médicos, con la finalidad de preservar la vida del paciente y evitando errores de diagnóstico y de tratamiento. Una negligencia médica puede causar el fallecimiento del paciente.
Así, los servicios de cardiología han de realizar un correcto seguimiento de los pacientes con padecimientos cardíacos, programando las pruebas médicas y las intervenciones quirúrgicas que las circunstancias aconsejen.
Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis médica, lo más recomendable es que reciba la asesoría de un abogado especialista en negligencias. De esta manera, los peritos médicos gracias a su historia clínica detallada y toda la documentación médica del caso, pueden construir la argumentación jurídica que servirá para la defensa de sus derechos.
Como ejemplo de una mala praxis en el tratamiento de una paciente con dolencias cardíacas desde hacía largo tiempo citamos la Sentencia Nº 959/2012 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, de 24 julio de 2012:
En este extracto de la sentencia, hay una situación de falta al lex artis por parte de los profesionales médicos que, en un primer momento y a pesar de disponer de pruebas diagnósticas que así lo demostraban, la paciente tenía que haber sido sometida a una intervención quirúrgica, a la que fue finalmente sometida seis años después, a raíz de un empeoramiento de su condición y con el resultado del fallecimiento de la paciente.
En este sentido, los médicos incurrieron en el supuesto de la pérdida de oportunidad, al no poner a disposición del paciente todos los medios médicos y humanos disponibles para preservar su salud y su vida.
La rapidez con la que se tomen y ejecuten decisiones médicas en los casos de cardiología determinan en buena medida que el paciente recupere su salud cardiovascular, y con ello, su calidad de vida.
Los errores médicos en cardiología, en el que muchos de las principales actuaciones, sobre todo las de emergencias están protocolizadas, pueden ocasionar consecuencias muy negativas e irreversibles para los pacientes.
Somos abogados negligencias médicas desde hace más de 40 años, ponemos a su disposición todos los medios para defender sus derechos en casos de negligencias médicas en el ámbito cardiológico.
Nuestros clientes cuentan con más de 40 años de experiencia en la reclamación de indemnizaciones por daños causados por negligencias médicas tanto en la sanidad privada como en la sanidad pública.
La primera visita es gratuita. Puede contactarnos en nuestras oficinas en Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac, y actuamos en todo el territorio nacional.
Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente. La negligencia médica parte de la responsabilidad médica. Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen. Estos elementos se enumeran a continuación: Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño. Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito. En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica. En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica. Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son: También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario). La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis. La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida. Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por: La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente. En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica. La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma. Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario. El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario. El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada. Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas. Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica. Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes: Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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