Los servicios de urgencias o medicina de emergencias es, según la Organización Mundial de la Salud, un sistema de atención de emergencia integrado de manera horizontal, que incluye:
Los servicios de urgencias tienen un papel fundamental en la medicina preventiva, a pesar de que se pueda pensar lo contrario. Entre ellas tenemos:
En general, los servicios de urgencias están concebidos para atender de manera rápida las alteraciones en la salud que sufren las personas de manera repentina, ya sea derivada de accidentes o por la aparición de síntomas (dolores, desmayos, fiebre, etc.) indicativos de una patología más o menos grave.
Los servicios de urgencias, dependiendo de su magnitud (no es lo mismo las urgencias de un hospital que de un centro de atención primaria), suelen contar con médicos de las distintas especialidades (cardiólogos, traumatólogos, cirujanos, etc.) para poder atender de forma adecuada las necesidades de los pacientes.
A la llegada a los servicios de urgencias lo primero que se hace es clasificar la prioridad de la atención que se precisa en función de la gravedad o intensidad de los síntomas.
En muchas ocasiones el tiempo de respuesta es dilatado debido a un colapso en las urgencias lo que obliga a los usuarios a largas esperas antes de poder recibir asistencia médica.
Es importante destacar que, ante situaciones catastróficas, tales como incendios, inundaciones, terremotos y otros fenómenos naturales extremos; o como situaciones como ataques terroristas, incidentes en actos públicos y masivos, etc., la actuación de los servicios de urgencias del sistema público de salud se coordina junto a otros organismos de seguridad a nivel local, autonómico e, incluso nacional, dependiendo de la gravedad y del alcance de estos eventos. La correcta coordinación es importante para evitar negligencias médicas en los servicios de urgencias.
Los casos más frecuentes de negligencias médicas atribuidas a las urgencias vienen lo encontramos en
Si lo organizamos por áreas médicas, los errores médicos o la mala praxis médica las solemos encontrar en:
La complejidad de esta área hospitalaria, el tiempo como factor determinante para la toma de decisiones, unidos a situaciones propias de los sistemas de urgencias, tanto públicos como privados, de alguna manera repercuten directamente en los errores médicos en este ámbito.
Si Usted considera que ha sido víctima de mala praxis en la atención médica en el ámbito del servicio de urgencias y emergencias médicas, es importante contar con la asesoría jurídica de un abogado experto en negligencias. De esta manera, podrá evaluar las posibilidades que tiene para la reclamación de indemnizaciones a las que tiene derecho.
De igual manera, es imprescindible que tenga a disposición toda su historia clínica; así como las pruebas diagnósticas y toda la documentación médica, para poder ser evaluada por peritos médicos especializados que, junto con un relato coherente, ordenado y detallado de los hechos, serán necesarios para construir el argumento judicial de su caso.
Los Tribunales consideran una mala praxis el retraso asistencial cuando se prolonga la espera más allá de lo razonable y el paciente evidencia síntomas de precisar asistencia inmediata. Ejemplo de ello es la Sentencia No. 211/2017 de 4 de mayo de 2017 dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª):
En este extracto, el Tribunal intenta esclarecer el tiempo de espera de atención médica de la madre de la demandante, quién ante el diagnóstico de su médico de cabecera, acude al servicio de urgencias. La paciente que desde las 8 de la mañana se encontraba con su médico, solo fue atendida a las 22 horas en las que un médico le refiere la realización de un TAC en la zona del abdomen y además verificar sus constantes vitales.
Una vez determinados los retrasos en las pruebas diagnósticas en los servicios de urgencias, que tuvieron como resultado la intervención quirúrgica de emergencia de la paciente por la perforación intestinal que llevaba horas sufriendo en la sala de urgencias, el Tribunal intenta delimitar la responsabilidad del Centro hospitalario, atendiendo a las pruebas periciales aportadas.
Una vez analizadas las actuaciones médicas del área de urgencias del Hospital, se determina que en un período de 9 horas y a pesar de la derivación que la paciente traía del servicio de atención primaria, revelan una falta de diligencia y de negligencia profesional en la actuación del centro sanitario, contribuyendo al empeoramiento de la salud de la paciente.
Los errores médicos en servicios de urgencias pueden tener consecuencias irreversibles que afecten la calidad de vida del paciente, que puede incluir un desenlace no deseado.
En Bufete Toro Pujol, abogados especialistas en negligencias médicas, ponemos a su disposición más de 40 años de experiencia en la resolución de conflictos en el ámbito de los servicios de urgencias, tanto en la sanidad pública como en la sanidad privada. Le ofrecemos primera visita gratuita.
Contamos con la colaboración de prestigiosos peritos médicos especializados, asesoría indispensable para dar robustez a la argumentación jurídica de su caso.
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Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente. La negligencia médica parte de la responsabilidad médica. Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen. Estos elementos se enumeran a continuación: Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño. Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito. En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica. En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica. Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son: También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario). La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis. La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida. Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por: La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente. En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica. La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma. Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario. El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario. El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada. Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas. Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica. Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes: Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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